“Se está concediendo por 50 años el monopolio de la actividad portuaria”, dijo el constitucionalista y expolítico colorado sobre el acuerdo entre el gobierno y Katoen Natie.
La polémica generada a raíz del acuerdo alcanzado por el gobierno con la empresa Katoen Natie para extender por 50 años la concesión del puerto de Montevideo, hasta 2081, tiene por detrás del debate en el ámbito político y la disputa comercial —entre las principales operadoras del puerto— una cuestión jurídica. Lo acordado incluye dar preferencia para el despacho de contenedores a la terminal especializada, en desmedro de Montecon, que opera en los muelles públicos; esto genera críticas tanto provenientes de la oposición como de actores portuarios que entienden que de este modo se consagra un monopolio contrario a la ley de puertos de 1992.
La cuestión jurídica refiere a que el gobierno aceptó el reclamo que hizo Katoen en los últimos años —por el que inició el proceso para una demanda internacional— y que provocó diferencias con las autoridades del Frente Amplio (FA), que consiste en que el decreto sobre el reglamento de atraque de 1994 consagra la preferencia. La visión defendida por Montecon y la oposición es que la ley de 1992 y la del 2000, que reguló la subasta de la terminal especializada, que ganó Katoen por intermedio de Terminal Cuenca del Plata (TCP) —20% del Estado uruguayo—, establecen que se operará en libre competencia.
El tema está siendo analizado en el Parlamento, con citaciones al ministro Luis Alberto Heber —que negoció por el gobierno como titular de Transporte y Obras Públicas, antes de asumir en el Ministerio del Interior—, autoridades de la Administración Nacional de Puertos (ANP), las empresas involucradas, actores portuarios y el sindicato que nuclea a los trabajadores del sector.
En ese marco, la empresa Montecon hizo llegar un informe que solicitó al abogado constitucionalista Ruben Correa Freitas, profesor grado 5 de la Universidad de la República, director del Instituto de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y expolítico colorado. El catedrático cuestionó las condiciones del acuerdo, al que consideró “ilegal” porque contraviene normas portuarias y sostuvo que consagra un monopolio.
Correa Freitas clasificó sus respuestas en cuatro puntos. El primero, sobre si prevalece por el orden jurídico el decreto de 1994 o la ley del año 2000, señaló que “es indudable que, en virtud del principio de jerarquía de las normas jurídicas”, el decreto “no puede prevalecer” sobre la ley de puertos o la ley de la subasta, porque “ambas normas legales tienen mayor valor y fuerza”.
El segundo punto de consulta es sobre si el acuerdo consagra o no un monopolio en el puerto y la legalidad de esto. El constitucionalista analizó las cláusulas del acuerdo y los decretos de abril del gobierno, y luego señaló que “la interpretación natural y obvia” es que Katoen Natie “tiene preferencia absoluta”, ya que la única forma de que la ANP habilite a otro operador es que la terminal especializada se encuentre ocupada las 24 horas posteriores al atraque del buque. Además, se impide la instalación de equipamiento para prestar servicio de despacho de contenedores en los muelles públicos.
Para Correa Freitas estas últimas disposiciones son contrarias al decreto reglamentario de la ley de puertos de 1992, que estableció “entre los requisitos” que “todos los operadores realizarán sus servicios en régimen de libre competencia”. A su vez, consideró una “ilegítima limitación de la potestad del Estado” la parte del acuerdo que establece que no podrá licitarse una nueva terminal especializada, a no ser que TCP alcance una ocupación de 85%. “Surge claramente un monopolio de hecho para” Katoen Natie, subrayó. “Es indudable que de hecho se está concediendo por 50 años el monopolio de la actividad portuaria” y “en nuestro ordenamiento jurídico para que exista un monopolio en favor de una empresa privada se requiere una ley sancionada por el Parlamento”, indicó el constitucionalista.
A su vez, analizó las nuevas reglas que regirán en el puerto en función de la normativa de defensa de la competencia y evaluó: “No es viable jurídicamente que un contrato entre el Poder Ejecutivo y una empresa restrinja o prohíba la libertad de industria y comercio, porque ello es contrario al principio fundamental de defensa de la competencia que tiene jerarquía constitucional”.
Por último, Correa Freitas marcó “una incompatibilidad” entre “el principio de libre competencia” consagrado en la ley de puertos de 1992 y su decreto reglamentario, y el acuerdo alcanzado entre el gobierno y Katoen Natie.