La comisión presentó 797.261 firmas a la Corte Electoral para convocar a una consulta popular donde la ciudadanía decida si quiere derogar 135 artículos de la LUC.
Arocena contó que la Corte Electoral comenzará el lunes con el conteo de las firmas, en un proceso denominado “numeración”. Luego, seguirá el cotejo de las firmas, donde se controla que cada hoja contenga: nombre y apellido de la persona, la credencial, la firma y la impresión digital.
«Si esas cuatro cosas están bien, pasa a la validación, deteniéndose en cada una de las características de la firma, donde los expertos en dactiloscopia interpretan la huella digital de cada ciudadano», indicó el presidente del organismo.
La Corte Electoral cuenta con 150 días a partir del día de la entrega para cotejar las firmas entregadas. Se necesita la validación de 670 mil adhesiones para habilitar el referéndum, lo que corresponde al 25% del padrón electoral, que actualmente está 2.600.000.
Consultado sobre el error de imprenta que figura en las papeletas entregadas, que confunde la ley 17.224 con la 17.244, Arocena aseguró que serán validadas.
El error, que fue reportado por varios usuarios en redes sociales, confunde la ley 17.224 (que refiere a la convención sobre extradición entre Uruguay y Francia), con la ley 17.244 que refiere a la convocatoria del referéndum.
«En enero recibimos una nota de la Comisión Pro Referéndum comunicándonos que en algunas boletas había habido un error de imprenta, la Corte se entera, toma conocimiento y queda validado. No hay absolutamente ningún problema”, destacó.
“Es habitual en los procesos electorales que haya errores de imprenta, la Corte ya está acostumbrada. Este es un evidente error de imprenta. Además, tampoco es contra la ley que se impugna, sino contra la ley de referéndum”, enfatizó Arocena.
En caso de validarse la cantidad de adhesiones necesarias, se contará con 120 días para convocar al proceso electoral, por lo que se presume que se darán en el mes de marzo.
Para que se apruebe el referéndum se necesita el 50% más uno de los votos de los habilitados para votar.
ACLARACIÓN
Luego de emitida la nota, el presidente de la Corte Electoral, José Arocena, se comunicó con la producción de Informativo Carve del Mediodía para rectificar la información brindada en la entrevista, que consignaba que el voto no era obligatorio.
De acuerdo a la Ley 16.017, el voto en el referéndum es secreto y obligatorio. El ciudadano deberá concurrir a las urnas para pronunciarse a favor o en contra del mismo, o justificar debidamente su inasistencia. La omisión estará sujeta a las sanciones previstas en el Capitulo II de dicha ley.
Arocena también aclaró que habrá dos papeletas, una en adhesión al referéndum y otra en rechazo al mismo.